Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública

No. 24, publicado en el Registro Oficial Suplemento 337 del 18 de Mayo del 2004.

TITULO SEGUNDO

DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y SU DIFUSIÓN

Art. 7.- Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 (225) de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se la considera de naturaleza obligatoria:

a) Estructura orgánica funcional, base legal que la rige, regulaciones y procedimientos internos aplicables a la entidad; las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos;

b) El directorio completo de la institución, así como su distributivo de personal. Este punto se enfoca al listado de cargos y escalas salariales de la institución.

c) La remuneración mensual por puesto y compensaciones 2009 - 2010.

d) Los servicios que ofrece y las formas de acceder a ellos, horarios de atención y demás indicaciones necesarias, para que la ciudadanía pueda ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones; (El FONSAL no es una entidad que presta servicio públicos como agua, luz, teléfono etc.,)habría que detallar los objetivos y misión institucional de acuerdo al Art. 1 de la Ley de Creación.

e) Texto íntegro de todos los contratos colectivos vigentes en la institución, así como sus anexos y reformas; (No Aplica-no hay contratos colectivos, ya que todo el personal está regulado por la LOSCA)

f) Se publicarán los formularios o formatos de solicitudes que se requieran para los trámites inherentes a su campo de acción; (No Aplica- La entidad no tiene a su cargo el otorgamiento de licencias, permisos, registros, etc. que amerite la existencia de formularios de solicitud)

g) Información total sobre el presupuesto anual (2009 y 2010) que administra la institución, especificando ingresos, gastos, financiamiento y resultados operativos de conformidad con los clasificadores presupuestales, así como liquidación del presupuesto (2009), especificando destinatarios de la entrega de recursos públicos;

h) Los resultados de las auditorías internas y gubernamentales al ejercicio presupuestal;

i) Información completa y detallada sobre los procesos precontractuales, contractuales, de adjudicación y liquidación, de las contrataciones de obras, adquisición de bienes, prestación de servicios, arrendamientos mercantiles, etc., celebrados por la institución con personas naturales o jurídicas, incluidos concesiones, permisos o autorizaciones. Esta información se pondrá a disposición, a través, del acceso directo de consulta a Compras Públicas, que lo provee gratuitamente este sistema. Además, se pueden ver los contratos en el Portal Web de Quito Honesto. (Proveedor Fondo de Salvamento del Patrimonio Cultural FONSAL RUC: 176803959001).

j) Un listado de las empresas y personas que han incumplido contratos con dicha institución; (Proveedor Fondo de Salvamento del Patrimonio Cultural FONSAL RUC: 176803959001)

k) Planes y programas de la institución en ejecución; Deben incluirse los siguientes datos: Nombre del proyecto, público objetivo, objetivos del proyecto, fuentes de financiación, presupuesto, cuadro de avance y fechas de inicio y fin.

l) El detalle de los contratos de crédito externos o internos;

m) Mecanismos de rendición de cuentas a la ciudadanía, tales como metas e informes de gestión e indicadores de desempeño;

n) Los viáticos, informes de trabajo y justificativos de movilización nacional o internacional de las autoridades, dignatarios y funcionarios públicos; Incluir tabla de viáticos de la institución, tanto nacionales como internacionales. Esta información se deberá presentar en un cuadro con los siguientes datos: Nombre del Funcionario, breve descripción de la comisión, destinos, monto de viáticos, número de días.

o) El nombre, dirección de la oficina, apartado postal y dirección electrónica del responsable de atender la información pública de que trata la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

s)Resoluciones, actas y planes de desarrollo local.

 

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Fondo de Salvamento del Patrimonio Cultural de Quito

El FONSAL pone a su disposición un foro de discusión en el cual el público en general podrá opinar sobre las diferentes obras, eventos y demás realizadas por esta institución.


La Alcaldía del Distrito Metropolitano de Quito, a través del Fondo de Salvamento del Patrimonio Cultural – FONSAL y la Embajada del Perú en el Ecuador, presentarán hoy la muestra fotográfica de Martín Chambi, Teo-Allain Chambi, José Gabriel Gonzáles, Horacio Ochoa, los Hermanos Cabrera y Pablo Veramendi, quienes retratan al “Cusco: Ciudad Intemporal”.